El dogmatismo hacia lo legal no sólo acota los márgenes de lo justo (que es, a final de cuentas, a lo que toda civilización aspira); los ejemplos abundan. Fue hasta 1964, por mencionar un de caso, que en Gran Bretaña ser homosexual iba en contra de la ley.
En diciembre de 1955, en Montgomery, Alabama, una mujer negra, de 42 años, se negó a obedecer al chofer de un autobús público, quien quería obligarla a ceder su asiento a una persona de raza blanca porque las leyes de Jim Crow –que propugnaban la segregación racial (“separados pero iguales” era el lema)–, le prohibían ocupar un asiento en lugar de un blanco. Fue acusada de perturbar el orden y fue encarcelada. Con eso, Rosa Parks no sólo se volvió símbolo del movimiento por los derechos civiles en Estados Unidos, sino un ejemplo de esa enorme diferencia entre lo legal y lo justo.
En México, en septiembre de 1941, Ávila Camacho mandó al congreso una iniciativa de reformas al Código Penal, concretamente al artículo 129. Esas reformas traían consigo el delito de disolución social que prohibía al nacional o al extranjero, que en forma hablada o escrita (o por medio de símbolos o cualquier otra forma), realizara propaganda política difundiendo ideas, programas o normas de acción (sic), de cualquier gobierno extranjero que “afecten el reposo público o la soberanía del Estado mexicano”.
A muchos fundamentalistas del derecho (de esa época y aún ahora), les importó poco si se trataba de una ley justa o no. Como buenos seguidores de Séneca traen tatuada la máxima que dice que la ley debe mandar, no polemizar. Era legal y eso bastaba.
Decía Montesquieu que una cosa no es justa porque sea ley, pero que debe ser ley siempre y cuando sea justa. Y eso es exactamente lo que se ha perdido de vista. Los talibanes de la legalidad no sólo creen que la ley debe cumplirse (lo cual, dadas las consecuencias es así), sino que creen que es un reflejo de la justicia. En Francia aún está prohibido bautizar a un cerdo con el nombre de Napoleón.
Muchos caen en la tentación –ya vestidos de legisladores–, y tratan de impulsar decretos absurdos (para que después devengan en leyes o reglamentos) que más parecen reflejar traumas de la infancia que normas basadas en el sentido común.
Ejemplos sobran: La tenencia sobre burros y caballos que desde 1977 existe en el estado de Sonora; el decreto que expidió MaLoVa en 2011 en Sinaloa (y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación derogó en 2013) sobre la prohibición de los narcocorridos; el impuesto a los limpiaparabrisas en Jojutla, Morelos; la iniciativa que presentó el PT en Sonora para prohibir la venta de cervezas frías en los expendios; el Bando que en 2009 castigaba con 36 horas de cárcel a quienes se besaran en la calle en la ciudad de Guanajuato (incluido el Callejón del Beso); la propuesta de ley de la diputada sonorense Selma Gómez Cabrera para penalizar los memes contra políticos; las modificaciones a la ley que en 2013 aprobó la Cámara de Diputados para prohibir los albures, las minifaldas, los bikinis y la ropa entallada en programas de televisión y que afortunadamente fue frenada en el Senado.
La tentación de la autoridad (travestida de legislador) por limitar el libre albedrío o legislar/legalizar todo aquello que le molesta en lo personal (en absoluta confabulación con un sistema judicial cuya característica es hacerse el desentendido) es inagotable.
El derecho lo hace la autoridad, en ningún momento de la historia ha sido un asunto de convención social aunque, retomando a Kant, el derecho debe ser el conjunto de condiciones que permitan que la libertad individual se acomode a la libertad de todos.
La autoridad criminaliza porque es la única manera que tiene para sobrevivir a la población. La ley no debiera ser su cómplice.
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Nos leemos la próxima semana.
