De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la realización de proyectos y obras declarados de interés público abarcan los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos que están en curso.
⇒ Es decir, involucra las megaobras impulsadas por este Gobierno: el Tren Maya, el Aeropuerto Felipe Ángeles, la Refinería de Dos Bocas o el Corredor Transístmico, entre otras.
Este decretazo presidencial es peligroso e inconstitucional. Con el argumento de la “seguridad nacional” pondrá en riesgo la funcionalidad básica del Estado, al cancelar requisitos legales y operativos para las obras de infraestructura.
— Denise Dresser (@DeniseDresserG) November 23, 2021
La @SCJN debe intervenir para frenarlo.
El acuerdo firmado por el presidente López Obrador instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar [en fast track] la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar a los proyectos u obras del gobierno y con ello garantizar su ejecución oportuna.
Esas autorizaciones y licencias provisionales serán emitida “en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente“. Además, “tendrán una vigencia de doce meses, contados a partir de su emisión”. Esto se da con el fin de que “la actual administración continúe con la ruta encaminada a impulsar y consolidar los proyectos que nos llevarán como Nación a lograr el crecimiento económico y, con ello lograr el bienestar social”.
Además, con la clasificación de “seguridad nacional”, la información relativa a contratos, empresas participantes en licitaciones, permisos, dictámenes, puede reservarse por tiempo indefinido, pues el acuerdo [que entrará en vigor desde este lunes tras su publicación en el DOF] no establece temporalidad para la clasificación.
AM.MX/dsc
