Con la intención de contener la inflación de los precios de los alimentos, el Gobierno de México eliminará durante un año los aranceles a la carne de res y de cerdo, pollo, leche, harina de trigo y de maíz, maíz, cacao e insumos para panadería, hortalizas, frutas y animales vivos pic.twitter.com/o1DqMbDy5u
— OSCAR MARIO BETETA (@MarioBeteta) May 16, 2022
Esto forma parte de las medidas del Paquete contra la Inflación y la Carestía, presentado el pasado 4 de mayo. De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los aranceles que serán modificados corresponden a los siguientes productos:
Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada, o caprina, fresca, refrigerada o congelada. Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada. Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados. Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04. Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante. Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos. Papas (patatas) frescas o refrigeradas. Tomates frescos o refrigerados. Cebollas y chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados. Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerado. Papas (patatas). Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) comunes (Phaseolus vulgaris). Naranjas. Limones (Citrus limon, Citrus limonum) y limas (Citrus aurantifolia, Citrus latifolia). Manzanas, peras y membrillos, frescos. Pimienta del género Piper. Trigo y morcajo (tranquillón). Maíz blanco (harinero). Arroz. Harina de trigo o de morcajo (tranquillón). Harina de maíz. Grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente. Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado. Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares. Pan tostado y productos similares tostados. Tomates enteros o en trozos. Jabón de tocador (incluso los medicinales).
#16DeMayo2022 Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican.@SE_mx
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) May 16, 2022
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El establecimiento de las medidas previstas en el decreto no releva a los importadores de la obligación de cumplir con todas las regulaciones y restricciones no arancelarias de las mercancías, así como con las características de calidad y eficacia necesarias para proteger la vida y la seguridad de todas las personas.
La semana pasada, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) informó que en abril de 2022, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró un aumento de 0.54 por ciento respecto al mes anterior; con este resultado, la inflación anual fue de 7.68 por ciento, la más alta desde enero de 2001.
AM.MX/dsc
